Contrato de Comisión Mercantil.
CONTRATO DE COMISION MERCANTIL, que es celebrado, por una parte, [NOMBRE DEL CONTRATANTE], ejerciendo su propio derecho, a quien en lo sucesivo se le denominará "EL COMITENTE".
Y por la otra parte, CONSULTORES Y SERVICIOS OAXACA NORTE S.A. DE C.V., representada en este acto por NEFTALI RAMSES CARREÑO ARAGON, a quien en lo sucesivo se le denominará "EL COMISIONISTA".
Uno y otro convienen en celebrar el presente Contrato de Comisión Mercantil, de conformidad a:
DECLARACIONES
I. DE "EL COMITENTE":
Declara bajo protesta de decir verdad ser una persona física con capacidad legal para obligarse y manifiesta que la totalidad de los recursos económicos objeto de este instrumento son de su legítima y exclusiva propiedad y provienen de fuentes lícitas.
II. DE "EL COMISIONISTA":
Se pronuncia ser una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes de la República Mexicana y cuenta con la infraestructura, capacidad técnica y experiencia necesarias para cumplir cabalmente con el mandato que le ha sido encomendado por "EL COMITENTE".
CLÁUSULAS
OBJETO. "EL COMITENTE" concede a "EL COMISIONISTA" una comisión mercantil general, facultándolo expresamente para realizar la recaudación del numerario en efectivo detallado en el anexo denominado "Ticket" (el cual forma parte integral de este contrato), así como para ejecutar los pagos puntuales que "EL COMITENTE" le instruya por escrito.
PAGO. Como retribución por el desempeño de la comisión, "EL COMITENTE" se obliga a cubrir a favor de "EL COMISIONISTA" la cantidad estipulada en el documento de instrucción correspondiente. Dicho pago se realizará conforme a la naturaleza mercantil del presente acuerdo.
DEPÓSITO DE FONDOS. Queda establecido como obligación estricta que, una vez que "EL COMISIONISTA" reciba el efectivo descrito en la Cláusula Primera, deberá proceder de manera inmediata a su depósito íntegro en la cuenta bancaria que "EL COMITENTE" le designe. Asimismo, las partes acuerdan expresamente que, para el cumplimiento de esta obligación y de la comisión en general, "EL COMISIONISTA" goza de plena facultad para delegar o subcontratar, total o parcialmente, los actos inherentes al mandato con terceros que considere competentes, sin que para ello requiera aviso previo ni autorización adicional por parte de "EL COMITENTE".
RENDIMIENTO DE CUENTAS. Una vez vencido el plazo señalado en la cláusula anterior, iniciará un periodo igual de 5 (cinco) días naturales para que "EL COMITENTE" pueda exigir rendición de cuentas o manifestar cualquier inconformidad. Transcurrido este último lapso sin que medie reclamación alguna, la gestión se tendrá por tácitamente aprobada y finiquitada para todos los efectos legales a los que haya lugar.
EJECUCIÓN Y PLAZO. Para la ejecución del mandato conferido, "EL COMISIONISTA" dispondrá de un plazo perentorio de 5 (cinco) días naturales, contados a partir de la recepción de los recursos o la instrucción correspondiente.
RESPONSABILIDAD ANTE TERCEROS. "EL COMISIONISTA" procederá con total autonomía técnica y administrativa, siendo el único responsable frente a terceros por la contratación de servicios o adquisición de insumos necesarios para el cumplimiento del objeto contractual. En consecuencia, libera a "EL COMITENTE" de cualquier relación o responsabilidad laboral, civil o mercantil con dichos proveedores.
COSTOS Y GASTOS. Los gastos operativos que se originen con motivo del cumplimiento de este contrato correrán por cuenta y cargo exclusivo de "EL COMISIONISTA". Se exceptúan de lo anterior únicamente aquellos gastos extraordinarios que "EL COMITENTE" autorice previamente y por escrito para casos específicos, los cuales serán objeto de reembolso.
JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes se someten expresamente a las leyes vigentes y a los tribunales competentes del lugar donde se suscribe este acto, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
VIGENCIA. La vigencia del presente Contrato se limitará estrictamente al tiempo necesario para la consecución del objeto de la comisión, quedando supeditada al cumplimiento de los plazos fatales descritos en las Cláusulas Cuarta y Quinta.
Acordado el presente y enteradas las partes de su alcance y fuerza Legal, lo firman en la Ciudad de Mexico a ______ del mes________ del año ________